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Protección ambiental

Perenco reconoce la necesidad de dirigir sus actividades alrededor del mundo, como una empresa responsable, generando un mínimo impacto ambiental  y excediendo los actuales estándares requeridos por las compañías de petróleo y gas donde quiera que operen.

En el Perú, las actividades de petróleo y gas se encuentran estrictamente reguladas por la Ley de Hidrocarburos (ver documento sobre el marco legal de las actividades de petróleo y gas en el Perú).  Este régimen regulador controla todos los aspectos de la actividad de petróleo y gas, con la finalidad de limitar cualquier impacto socio-ambiental.  Antes de realizar cualquier actividad debe efectuarse un Estudio de Impacto Socio-ambiental bajo la supervisión del Ministerio de Energía y Minas (MEM) (ver documento MEM sobre el Estudio de Impacto Ambiental). 

Este proceso involucra una fase de adquisición de datos de campo, llamada Línea Base, una consulta a las comunidades del área de influencia y la determinación de los procedimientos que serán aplicados con la finalidad de mitigar los posibles impactos socio-ambientales.

La DGAAE (Dirección General de Asuntos Ambientales Energéticos) es el  órgano técnico del Ministerio de Energía y Minas encargado de proponer y evaluar la normativa orientada a la conservación y protección del medio ambiente referida al desarrollo de las actividades energéticas. (Ver en este artículo más información sobre sus actuales actividades. Fuente: Revista PerúAmbiental, Año 2010).

OSINERGMIN es el ente supervisor de las actividades de hidrocarburos, encargada de controlar y supervisor el sector Energía. Además, es responsable de supervisar el cumplimiento de la regulación medioambiental. (Ver en este artículo más información sobre el rol y los objetivos de OSINERGMIN. Fuente: Revista Gas & Negocios, año 2010). 

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